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Notícias :: Presença na Mídia :: BRASIL 2014, Río 2016: UN MOMENTO ÚNICO
   
 
   
 

BRASIL 2014, Río 2016: UN MOMENTO ÚNICO

Resumo:

MARCASUR, ENERO/MARZO 2012


Simone Lahorge Nunes; Gustavo Piva de Andrade; Alberto Guerra

DOS DE LOS EVENTOS DEPORTIVOS MÁS IMPORTANTES DEL MUNDO, LA COPA DEL MUNDO DE FÚTBOL Y LOS JUEGOS OLÍMPICOS, SE CELEBRARÁN EN BRASIL EN LOS PRÓXIMOS ANOS. CÓMO SE PREPARAN LAS FIRMAS JURÍDICAS PARA HACER FRENTE A LAS OPORTUNIDADES DE TRABAJO? LQUÉ CAMBIOS SE DEBEN HACER EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO APLlCABLE? ES ABOGADOS BRASILENOS ESPECIALISTAS EN LA MATERIA HABLARON CON MARCASUR SOBRE ESTOS TEMAS Y MÁS

Previa a que el mundo entero dirija su atención aI desarrollo de ambos eventos, las etapas de organización de estas son fundamentales. Por ello cobra vital importancia la preparación de las firmas jurídicas brasileñas para hacer frente a las oportunidades de trabajo que generan y generarán estos eventos en los próximos anos. Para conocer sobre este tema y analizar algunos puntos de particular interés sobre el ordenamiento jurídico aplicable, consultamos a Simone Lahorgue Nunes, sneia de Levy & Salomao Advogados, Gustavo Piva de Andrade, abogado de Dannemann Siemsen, y Alberto Guerra, socio de Guerra Advogados

A PREPARARSE. Consultados por Marcasur sobre qué cambios perciben en el mercado de las firmas jurídicas, los tres abogados señalan que algunas firmas, principalmente aquellas que tienen como clientes empresas vinculadas con los eventos deportivos, están contratando profesionales cualificados para atender una probable demanda mayor durante dichos eventos deportivos. "Las firmas brasileñas se preparan de forma especial para atender la demanda que generarán estas grandes evento", dice Gustavo Piva de Andrade. De hecho, Dannemann cuenta actualmente con un grupo de abogados específicamente dedicados la área deportiva que actúan fuertemente en áreas relacionadas con la Copa deI Mundo y con los Juegos Olímpicos

En tanto, Alberto Guerra, opina que son varias las oportunidades de negocias que se le presentan a todas las firmas."Sea de forma directa, a quien trabaja para las empresas involucradas con los eventos deportivos, sea para otras firmas que reciben demanda de clientes que van a participar en la constricción de la infraestructura para dichos evento". La estrategia que aplican en Guerra Advogados es cualificar a su equipo técnico con socios y paralegales, con capacidad para atender la demanda. Otro dato: "estar cerca deI lugar donde se deciden todos los ternas relacionados a estos eventos: Rio de Janeiro".

Para Simone Lahargue Nunes, estas eventos generarán oportunidades para abogados especializados en las más diversas áreas como lo son propiedad intelectual, derecho deportivo, derecho societario, tributaria, administrativo, contractual y cualquier otro área relacionada co la infraestructura de los juegos, dice.

Todos coinciden en que los servicios que más demandan los clientes eo relación com los eventos son eI asesoramiento sobre la legislación aplicable, establecimiento y operación de empresas extranjeras en el país, asuntos relacionados con Ia entrada de trabajadores extranjeros y la negociación y elaboración de los más variados tipos de contratos de prestación de servicios, de joint ventures y de suministro de materiales

LEVES ESPECIALES PARA LOS EVENTOS: Gustavo explica que eo relación a los Juegos Olímpicos ya existe una legislación especial regulando la materia. Se trata de la Ley Olímpica 12305 promulgada por e1 Congreso brasilero en eIafio 2009.

En cuanto ai Mundial, Simone cuenta que existe un proyecto de ley"que será. Aprobado por el Congreso en breve y que trata innumerables cuestiones relacionadas com eI evento: eI establecimiento de la media entrada y de uu seguro a favor de la Federación Internacional de Fútbol (FIFA) para garantizar cualquier dano que pueda sufrir eu el país eu función de los eventos que organiza.

La naturaleza de las normas dictadas tanto poreI Comité Olímpico Internacional (Cal) como por FIFA varia", explica y agrega: "algunas tienen naturaleza de tratados intemacionales a los cuales Brasil adhirió: fueron ratificados por el Senado federal e incorporados ai ordenamiento jurídico brasilero, como por ejemplo el Tratado de Nairobi, que trata sobre la protección dei símbolo olímpica. Indica también que una de las grandes complejidades que presentará la Copa deI Mundo es que aI realizarse eu doce ciudades brasileras habrá concurrencia entre las leyes municipales, estaduales y federales.

EN DEFENSA DE LA PI. Para Simone, la propiedad intelectual está íntimamente relacionada con el entretenimiento, ya que protege todos los activos intelectuales que son fundamentales para esa actividad. "Sea en eI ámbito deI deporte, de la televisión, de Internet o de cualquier otro. Solamente hay que imaginarse lo que serían los eventos deportivos sin la protección a las marcas y, por tanto, las acciones de patrocinio, o las actividades de producción de contenido artístico sin que existieran los derechos de autor, y asÍ en adelante", resume.

Con relación aI área marcaria, Gustavo aclara que la mencionada Ley Olímpica indica específicamente el uso no autorizado de símbolos olímpicos de forma extremadamente amplia y seõala que cualquier utilización de algunos de esos símbolos se encuentra probibida. Mientras tanto, el proyecto de ley general de la Copa otorga una protección especial para . Ias marcas de FIFA, como por ejemplo: la creación de un procedimiento especial ante el INPI para las marcas relacionadas con la Copa deI Mundo. A su vez, este proyecto de ley confiere estatus de marcas notorias para diversos símbolos de FIFA.

La mencionada Ley Olímpica prohíbe el ambush marketing y cualquier tipo de publicidad no autorizada relacionada com los juegos. "EI proyecto de ley general de la Copa -euenta Gustavo-- va más allá y tipifica como delito el marketing de emboscada por asociación y por intrusión, estableciendo la prohibición de cualquier tipo de publicidad no autorizada en las vias de acceso a los estadios o que sean visibles desde estas".

DERECHOA LA INFORMACIÓNES. DERECHO DE LOS TITULARES. Otro punto fundamental es encontrar eI equilibrio justo entre eI derecho a la información deI evento y el derecho de los titulares deI derecho a la transmisión de este. Gustavo enfatiza que: "el uso periodístico realizado solamente para informar aI público sobre lo que acontece en la competición está permitido. Mientras que el uso para fines comerciales con ânimo de lucro, está prohibido". Sobre este asunto, el proyecto de ley general. De la Copa establece que la retransmisión de las imágenes de los partidos está permitida y se deben respetar algunas condiciones; entre ellas, que el límite de la retransmisión debe ser el 3 % deI tiempo de duración deI partido. En este sentido, Alberto sefiala que "si es claro que el objetivo es la re-producción de parte dei evento y no la información, el litigio se va a producir".

DERECHO,PRESENTE. Aún resta mucho tiempo para que se celebren estas eventos, por lo que las novedades que surgirán no serán pocas, lo mismo que lãs oportunidades de negocias y e1 trabajo de las firmas jurídicas, que saben que están ante una oportunidad única que no pueden dejar pasar.

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Fonte: Marcasur
[23/02/2012]